Informes de las Diferencias entre el FBAR y Formulario 8938
las personas de estados UNIDOS con cuentas en el extranjero, debe ser consciente de que hay muchas diferencias entre el FBAR y Formulario 8938. En primer lugar están los diferentes umbrales de notificación. El FBAR debe presentarse cuando una persona estadounidense tiene cuentas bancarias en el extranjero con un saldo agregado alto de 1 10,000 en cualquier momento durante el año fiscal. El Formulario 8938, por el contrario, tiene diferentes umbrales monetarios dependiendo del Estado de presentación de impuestos y la ubicación del contribuyente., Un contribuyente soltero que resida en los Estados Unidos debe presentar el Formulario 8938 si sus activos extranjeros especificados exceden 5 50,000 en el último día del año fiscal o más de 7 75,000 en cualquier momento durante el año fiscal. Esos umbrales aumentan a 2 200,000 y 3 300,000, respectivamente, para un contribuyente soltero que reside fuera de los Estados Unidos., Los contribuyentes casados que residen en los Estados Unidos y presentan declaraciones de impuestos conjuntas deben presentar el Formulario 8938 si sus activos extranjeros especificados exceden 1 100,000 en el último día del año fiscal o más de 1 150,000 en cualquier momento durante el año fiscal (pero solo 5 50,000 y 7 75,000, respectivamente, si presentan declaraciones de impuestos separadas)., Para los contribuyentes casados que residen fuera de los Estados Unidos y presentan declaraciones de impuestos conjuntas, el umbral de declaración del Formulario 8938 es de 4 400,000 en activos extranjeros especificados en el último día del año fiscal, o más de 6 600,000 en cualquier momento durante el año fiscal (pero solo 2 200,000 y 3 300,000, respectivamente, si presentan declaraciones por separado).
en segundo lugar, el tipo de interés en una cuenta extranjera que activará una obligación de presentar un FBAR es diferente del tipo de interés que activará una obligación de presentar el Formulario 8938., Para los propósitos de FBAR, el interés de propiedad en una cuenta, el poder notarial sobre una cuenta o incluso solo la Autoridad de firma son suficientes para propósitos de reportar la cuenta. Además, las cuentas en el extranjero en las que un individuo tiene una participación indirecta pero suficiente en la propiedad efectiva (por ejemplo, una participación de propiedad superior al 50% en la entidad que posee directamente la cuenta en el extranjero) deben comunicarse directamente en el FBAR de ese individuo. Por el contrario, para los fines del Formulario 8938, solo se deben informar las cuentas extranjeras en las que el contribuyente tenga un interés directo de propiedad., Las cuentas en las que el contribuyente solo tiene un poder notarial o simplemente tiene autoridad de firma no necesitan ser reportadas en el Formulario 8938. Además, las cuentas en las que el contribuyente solo tiene un interés indirecto (por ejemplo, a través de una entidad) no necesitan ser reportadas en el Formulario 8938.
En tercer lugar, hay diferencias significativas entre el FBAR y el Formulario 8938 en términos de aplicabilidad a los residentes de territorios o posesiones estadounidenses. La obligación de presentar FBAR se aplica a todas las «personas de los Estados Unidos», y para los propósitos de FBAR una persona de los Estados Unidos incluye a un residente de buena fe de cualquier territorio o posesión de los Estados Unidos., Por lo tanto, los residentes de Puerto Rico, Samoa Americana, Guam, las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y las Islas Marianas del Norte deben presentar FBARs si sus cuentas en el extranjero superan los 1 10,000 en valor. Sin embargo, a los efectos del Formulario 8938, la cuestión es más complicada. Un individuo debe presentar el Formulario 8938 si se le considera un «individuo especificado» cuyos activos extranjeros especificados cumplen con ciertos umbrales monetarios. «Individuo especificado» incluye a los residentes de solo dos territorios de los Estados Unidos: Puerto Rico y Samoa Americana. Pero no incluye a las personas que son residentes de otros territorios de los Estados Unidos, como Guam, los Estados Unidos., Islas Vírgenes, o las Islas Marianas del Norte.
En cuarto lugar, hay diferencias significativas en lo que califica como una cuenta «extranjera» para los propósitos de la FBAR versus el Formulario 8938. Para los propósitos de FBAR, una cuenta en un territorio o posesión de los Estados Unidos se trata como una cuenta de los Estados Unidos, y por lo tanto no necesita ser reportada en el FBAR. Sin embargo, para los propósitos del Formulario 8938, una cuenta en un territorio o posesión de los Estados Unidos se considera una cuenta extranjera y debe ser reportada. Otro ejemplo de una diferencia entre las dos formas es una cuenta financiera en una sucursal extranjera de una institución financiera de los Estados Unidos (e.,g., una cuenta de Chase en una sucursal en Londres). A efectos de FBAR, dicha cuenta se considera extranjera y debe comunicarse. Pero el Formulario 8938 no trata dicha cuenta como extranjera, y no necesita ser reportada en ese formulario.
finalmente, hay una diferencia en cómo se envían los dos formularios y a quién. Aunque el formulario FBAR ahora se presenta al mismo tiempo que el Formulario 1040, no se presenta con la declaración de impuestos, ni siquiera se presenta con el IRS. En su lugar, se presenta ante la red de cumplimiento de Delitos Financieros (FinCen)., El Formulario 8938, por el contrario, se adjunta y se considera parte del Formulario 1040 de un individuo; por lo tanto, necesariamente se presenta al mismo tiempo que la declaración de impuestos y directamente con el IRS. Aunque tanto la FinCen como el IRS son oficinas dentro del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, hay consecuencias prácticas en el hecho de que el FBAR se presente ante la FinCen y el Formulario 8938 se presente ante el IRS. En una auditoría o examen, un agente del IRS presumiblemente siempre tendrá acceso a un Formulario 8938 debidamente presentado para el año bajo auditoría, ya que se adjunta a y una parte de la declaración de impuestos., Por el contrario, el agente no necesariamente comenzará con el acceso a la FBAR presentada. Por lo tanto, el manual de Impuestos Internos (IRM) establece expresamente que los examinadores de impuestos sobre la renta no están obligados a verificar las FBARs en una auditoría de impuestos sobre la renta, pero están obligados a verificar el Formulario 8938. Sin embargo, uno no debe asumir que esto significa que los examinadores del IRS ignorarán la obligación de informar de FBAR cuando observen que se presentó el Formulario 8938. En su lugar, según IRM 4.26.15.2 («cheques de presentación requeridos», Nov., 4, 2015), el IRS está buscando formularios 8938s incorrectamente preparados, porque creen que esto también puede indicar posibles violaciones de FBAR.