In Loco Parentis (Español)

Los padres envían a sus hijos a la escuela para pasar el día en compañía de educadores. Este simple acto cotidiano quita a sus hijos del control físico de sus padres. Si bien los padres no renuncian a su responsabilidad por sus hijos cuando asisten a la escuela, los padres comparten parte de esa responsabilidad con los maestros y administradores. Las escuelas asumen algunas de las responsabilidades y ejercen algunas de las prerrogativas típicamente reservadas a los padres., A lo largo de los años, esta relación, denominada in loco parentis, ha sido definida y revisada por los tribunales, como se describe en esta entrada.

conferir derechos

Sir William Blackstone, en 1769, capturó esta responsabilidad compartida cuando articuló la doctrina de in loco parentis, literalmente » en el lugar del Padre.»Blackstone afirmó que parte de la autoridad parental se delega a los maestros. De conformidad con esta doctrina del commonlaw, los padres, en efecto, delegan en los maestros de escuela las facultades de «restricción y corrección» que puedan ser necesarias para educar a sus hijos., Blackstone se refería a los maestros de escuela que a menudo eran los únicos responsables de la educación de los niños.

La analogía moderna es la de las escuelas y su personal. Las escuelas asumen la custodia de los estudiantes y, al mismo tiempo, los estudiantes se ven privados de la protección de sus padres. In effect, the schools act in place of the parent or instead of the parent—in loco parentis. Este estatus es legal y no solo descriptivo. For example an appellate court in New York, in Garcia V., La ciudad de Nueva York (1996) sostuvo que las escuelas, una vez que asumían la custodia física y el control de los niños, ocupaban efectivamente el lugar de sus padres y tutores.

In loco parentis ha pasado de ser principalmente un derecho de restricción y coerción utilizado para disciplinar a los estudiantes a ser un deber de los funcionarios escolares de proteger a esos mismos estudiantes. El personal escolar tiene autoridad sobre los estudiantes en virtud de in loco parentis y el deber concomitante de proteger a esos estudiantes.,

el derecho de los educadores a ejercer el mismo grado de control sobre un estudiante que un padre tiene el privilegio de ejercer se encuentra en muchas leyes estatales. Por ejemplo, la ley del Estado de California (§48907) sostiene que los maestros, subdirectores, directores u otros empleados certificados de las juntas escolares tienen el privilegio de ejercer el mismo grado de control físico sobre los niños que sus padres pueden usar legalmente y están inmunizados de procesamiento penal o sanciones penales cuando en el desempeño de esas funciones., Un tribunal de apelación en California, En In re Donaldson (1969), confirmó el estatuto manteniendo que los funcionarios escolares están in loco parentis, permitiendo el uso de la fuerza moderada en disciplinar a los estudiantes al igual que los padres tienen el derecho de usar la fuerza para obtener obediencia de sus hijos. Otros estados, como Georgia (§ 20-215) y West Virginia (§ 18a-5–1), también han codificado in loco parentis, en donde los educadores tienen el derecho de disciplinar a los estudiantes en el mismo grado que los padres pueden disciplinar legalmente a sus hijos.,

definiendo deberes

un segundo elemento de in loco parentis define un deber que los educadores deben a sus estudiantes. Bajo los principios de negligencia extracontractual, los educadores deben a los estudiantes el deber de anticipar peligros previsibles y tomar medidas razonables para proteger a esos estudiantes de ese peligro. Con este fin, los educadores deben a sus estudiantes el mismo grado de cuidado y supervisión que los padres razonables y prudentes emplearían en las mismas circunstancias para sus hijos.,

bajo los dos elementos de in loco parentis, los educadores tienen el derecho de actuar como padres cuando controlan a los estudiantes; concomitantemente, tienen el deber de actuar como los padres cuando protegen a los estudiantes de daños previsibles. Mientras que in loco parentis ha descrito una parte de la relación entre educador y estudiante, otras fuerzas legales que la disciplina y el deber han estructurado la doctrina. Los funcionarios escolares no solo actúan como padres, sino que también tienen responsabilidades que los padres no tienen., Por ejemplo, los educadores de las escuelas públicas deben proteger los derechos constitucionales de los estudiantes, mientras que los padres no tienen la misma obligación. This leads to the issue of how the courts have balanced the concept of in loco parentis with constitutional obligations.

la Corte Suprema de los Estados Unidos ha sostenido que los funcionarios escolares ejercen más que el poder parental sobre sus estudiantes. De hecho, los casos de registros escolares e incautaciones ayudaron a definir y dar forma a la doctrina actual de in loco parentis. In New Jersey v. T. L. O., (1985), el Tribunal Supremo señaló que los funcionarios escolares, al llevar a cabo registros y otras funciones disciplinarias, actúan como representantes del Estado, no simplemente como sustitutos de los padres, y por lo tanto no pueden reclamar la inmunidad de los padres respecto de los requisitos de la Cuarta Enmienda.

el Tribunal no disolvió la relación in loco parentis; más bien, encapsuló la relación. El tribunal explicó que en el contexto especial del registro y la incautación, los funcionarios escolares actúan como representantes del estado., El Tribunal no declaró que los funcionarios escolares actuaran en lugar de los padres en todas las situaciones. Esto significa que el papel de las autoridades escolares abarca, pero no se limita a, las funciones de los padres.

en otro caso de búsqueda e incautación, este que involucra pruebas de drogas a estudiantes involucrados en actividades extracurriculares, Vernonia School District 47J V.Acton (1995), el Tribunal enfatizó que la naturaleza del poder sobre los estudiantes es «custodial y tutelar», permitiendo un grado de supervisión y control que no se puede ejercer sobre los adultos libres., El Tribunal señaló que el poder de custodia sobre los niños es el poder que a menudo se asocia con el control parental sobre los niños. Una definición del diccionario de custodio se refiere a un custodio o guardián. Tutelar significa tener el cargo de guardián o protector de una persona, lugar o cosa. Ambas definiciones, custodio, quien ejerce el poder de custodia, y tutelar, un guardián, abarcan el significado de in loco parentis., Ya sea que la relación se describa como custodial y tutelar o in loco parentis, está claro que los educadores tienen la Autoridad de actuar en lugar de los padres cuando disciplinan y protegen a los estudiantes bajo su cuidado.

Todd A. DeMitchell

Ver también Protección Infantil; derecho común; negligencia; New Jersey v. T. L. O.; Vernonia School District 47J v. Acton

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