El Departamento de caza y pesca de Wyoming tiene sus raíces en la década de 1890. este período en nuestra historia marca una importante disminución en la población de caza silvestre en el estado de Wyoming debido a las prácticas de cosecha ilimitadas utilizadas por los colonos. Durante esa década, se establecieron las posiciones de State Fish Warden (1890) y State Game Warden (1899) para proteger la vida silvestre de Wyoming de los peligros de la sobreexplotación. Estos puestos estaban dedicados a la reposición de la vida silvestre en la zona.,en 1921, se estableció la Comisión de caza y pesca para proporcionar supervisión ciudadana al Departamento de caza y pesca de Wyoming. La Comisión está integrada por siete (7) funcionarios, nombrados por el gobernador, cada uno de los cuales representa a una región del estado. Se nombra un funcionario de cada región, y cada región consta de aproximadamente tres (3) condados en Wyoming.,
Al igual que con muchas agencias de vida silvestre, los cazadores y pescadores tradicionalmente han proporcionado casi todos los recursos financieros para apoyar la gestión de la vida silvestre, con 80% de nuestros fondos procedentes de las tasas de licencia y los impuestos especiales sobre el equipo de caza y pesca. Solo alrededor del 6% de nuestros fondos proviene del Fondo General del Estado que se utiliza para programas específicos; Especies Invasoras acuáticas, urogallo Salvia, Servicios Veterinarios y manejo de lobos. Los fondos adicionales provienen de una variedad de fuentes que incluyen sellos, tarifas y diversas subvenciones.,la Comisión sirve como la Junta de formulación de políticas responsable de la dirección y supervisión del Director del Departamento de caza y pesca de Wyoming y, a través del Departamento, proporciona un sistema adecuado y flexible de control, propagación, gestión y protección y regulación de toda la vida silvestre en Wyoming (W. S. 23-1-301-303, W. S. 23-1-401). Siete miembros son nombrados por el Gobernador por períodos de seis años con confirmación del Senado. No más de cuatro miembros serán del mismo partido (W. S. 23-1-201)